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Intimidación Escolar

3 enero, 2020

¿Qué es?

La intimidación escolar, también conocida como «bullying», acoso escolar, «tenérsela montada a alguien» o, el mal llamado, matoneo, es un tipo de agresión que tiene las siguientes características (1):

  • Hay agresión de una o más personas contra una o más víctimas.
  • Esta agresión es sistemática y repetida.
  • Hay un desbalance de poder entre quien/es agrede/n y la/s víctima/s; es decir, la víctima es más débil física, emocional o socialmente que sus agresores y usualmente no sabe cómo defenderse.
  • Esta agresión puede ser física (por ejemplo, con puños y patadas), verbal (por ejemplo, con insultos, apodos ofensivos o amenazas), relacional (por ejemplo, inventando un chisme para que la persona se quede sin amigos) o virtual (por ejemplo, enviando mensajes de texto o correos electrónicos de burla).

Teniendo en cuenta esto, podemos decir que la intimidación escolar se diferencia de cualquier otra forma de conflicto o de agresión esporádica en la escuela por tres razones: Porque es repetitiva, porque son siempre los mismos agresores los que agreden a las mismas víctimas y porque se presenta en una relación en la que hay desbalance de poder.

Según cifras de la línea virtual de reporte Te Protejo (2), entre enero y septiembre de 2019 se han procesado 220 reportes de intimidación escolar con personas menores de 18 años, estos reportes agrupan un 1,7% del total procesado en el 2019.

De acuerdo con las Pruebas Saber del Ministerio de Educación Nacional (3), en 2014, el 37% de niños de 5° de primaria dijeron ser víctimas de intimidación escolar alguna vez, con un 20 % de estudiantes que actuan como agresores y un 50 % como testigos. Estos índices van disminuyendo en cursos superiores. En grado 9°, el 26 % de los estudiantes son víctimas de bullying, 11 % menos, en relación con los alumnos de grado quinto. Por su parte, los agresores se mantienen en el 20 % de la población estudiantil, mientras que el 60 % participan en calidad de espectadores.

Prevención

  • Privilegiar estilos de crianza asertivos que conserven la calidez y el afecto al tiempo que mantienen normas y ponen límites a niñas, niños y adolescentes.
  • Mantenerse firme en el cumplimiento de las normas y amable en la construcción de lazos de confianza, haciéndoles saber que entienden que las normas pueden generar incomodidad pero que como padres, madres y cuidadores su rol es hacerlas cumplir.
  • Conversar con niñas, niños y adoelscentes acerca de quiénes son sus amigos en el colegio, qué cosas hacen juntos, qué sucede en los salones de clase, qué pasa cuando se encuentran fuera del colegio (en fiestas, paseos, el barrio), que hacen cuando se conectan a internet y redes sociales, siempre con una actitud de escucha e interés.
  • Brindar formación a padres, madres y cuidadores sobre prevención, detección y atención temprana de las diferentes formas de violencia que afectan a niás, niños y adolescentes.
  • Reforzar que ninguna víctima es responsable de la violencia cometida en su contra. La responsabilidad de la violencia debe recaer sobre los agresores.
  • Enseñarles estrategias asertivas que le permitan frenar situaciones de intimidación hacia ellos o sus pares y darle apoyo a las víctimas.
  • Ayudarles a encontrar estrategias saludables para controlar y expresar la rabia.
  • Si no le permiten participar en sus asuntos mantenga la calma y hágales saber que usted está disponible si necesitan que les ayude en algo.
    Encuentre más recomendaciones de prevención en: www.repapaz.org/intimidacion

Manejo

  • En caso de sospechar o tener conocimiento, de una situación de ESNNA reporte a las autoridades de manera inmediata en la línea 141, la línea nacional del ICBF, el CAI Virtual, la App Te Protejo o el sitio web www.teprotejo.org.
  • El ICBF cuenta con una Ruta de actuaciones para el restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual disponible en http://bit.ly/rutavsICBF

¿Qué dice la ley?

  • La Constitución Política de Colombia (art. 44) y el Código de Niñez y Adolescencia (Art. 20 Num, 4) señalan el deber de proteger a niñas, niños y adolescentes contra toda forma de violencia y el carácter prevalente de sus derechos.
  • La Ley 294 de 1996 desarrolla el artículo 42 de la Constitución Política y dicta normas para prevenir, remediar y sancionar la violencia intrafamiliar.
  • La Ley 1620 de 2013 y el Decreto 1965 de 2013 que la reglamenta y con las cuales se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar, que busca promover y fortalecer la convivencia escolar, la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de los estudiantes y miembros de la comunidad escolar y crear mecanismos que permitan la promoción, prevención, atención, detección y manejo de las conductas que vayan en contra de la convivencia escolar en las instituciones educativas.
  • La Ley 1732 de 2015 reglamenta la implementación de la Cátedra de La Paz en todas las instituciones educativas del país tanto de carácter oficial como privado con el objetivo fomentar el proceso de apropiación de conocimientos y competencias relacionados con la paz en torno a 3 temas: Cultura de la paz, Educación para la paz y Desarrollo sostenible.

 

Enlaces y recursos:

Referencias:

  1. Saldarriaga LM, Mejía JF, Chaux E, Bustamante A, Castellanos M, Jiménez M, et al. Kit PaPaz Para la Prevención y el Manejo de la Intimidación Escolar y el Ciberacoso. Red PaPaz – ICBF [Internet]. 2014. Disponible en: http://redpapaz.org/intimidacion/
  2. Red PaPaz – Te Protejo. Informe de Operación Te Protejo – Septiembre 2019. Bogotá; 2019.
  3. ICFES. Pruebas Saber 3°5°9°. Bogotá; 2014.